Ley de Protección y Defensa del Patrimonio Cultural
Marulanda
Ríos Ana Sociedad
para el Estudio de las Manifestaciones Rupestres de Venezuela (SEMARVE).
A continuación se hace
un breve resumen de la Ley de Protección y Defensa del Patrimonio Cultural, la cual
fue promulgada en 1993 y publicada
en gaceta Oficial N° Extraordinario 4.623, Según los artículos N°1 hasta el N°13, de esta Ley, es obligación
prioritaria del Estado y la Ciudadanía, la
Protección y Defensa del Patrimonio Cultural , que involucra
todo lo que tiene que ver con la investigación, el rescate,
preservación, conservación, restauración, revitalización, revalorización,
mantenimiento, incremento, exhibición, custodia, vigilancia y su identificación.
Se determina que el Patrimonio Cultural es inalienable e imprescriptible
y lo constituye todos los bienes de interés cultural
que se encuentren en el territorio Nacional
o ingresen a él, quien quiera que
sea su propietario. Entre estos bienes declarados como Patrimonio Cultural, esta
el Arqueológico y Paleontológico, según articulo 6° párrafo 13. Del Titulo I, capitulo II. Se establece en el
Titulo VI, artículos del N°. 44, hasta el N°. 48. las penas o sanciones a las
personas naturales o jurídicas que le infieran daños o perjuicios y quienes en la
búsqueda de bienes arqueológicos o paleontológicos, realicen exploraciones o excavaciones
no autorizadas.
Para el cumplimiento de esta Ley, se decreta su Reglamento parcial N° 1 en 1994, donde se determina
la estructura Orgánica y las modalidades
Operativas del Instituto del Patrimonio Cultural. En Noviembre del 2006, en las
oficinas de información y asuntos públicos del IPC
Instituto del Patrimonio Cultural de la República Bolivariana de Venezuela, se edita la 4ta.
Edición, de la Ley de Protección y Defensa del Patrimonio Cultural.
No hay comentarios:
Publicar un comentario